4. Beneficios sociales — fórmula, ejemplo y errores típicos
4.1 Gratificaciones (julio y diciembre)
Norma: Ley 27735 y D.S. 005-2002-TR; bonificación extraordinaria: Leyes 29351 y 30334. Plazo de pago: hasta el 15 de julio / 15 de diciembre.
Fórmula: computable (sueldo + asignación familiar) × meses calendario COMPLETOS laborados del semestre ÷ 6 × factor del régimen, + bonificación extraordinaria (9% general / 6.75% si el trabajador tiene EPS). Semestres: ene-jun paga en julio; jul-dic paga en diciembre (diciembre computa por presunción del mes en curso).
Ejemplo 2 (proporcional por ingreso): ingresó el 10 de marzo, sueldo 2,000 → meses COMPLETOS del semestre: abr, may, jun = 3 → 2,000 × 3/6 = 1,000.00 + 9% = 90.00. Marzo no cuenta por ser mes incompleto.
Ejemplo 3 (pequeña empresa): sueldo 1,500, semestre completo → 1,500 × 6/6 × 0.5 = 750.00 + 67.50.
- Boleta nueva · estructura Gratificaciones · periodo el mes completo de julio o diciembre (fuera de esos meses la boleta sale vacía a propósito).
- Calcular → verificar contra la fórmula → Validar ANTES que las mensuales del mes.
- Pagar (puede ir en el TXT bancario junto a los haberes con el check "incluir gratificaciones").
| Error típico | Causa | Solución |
|---|---|---|
| Boleta de gratificación en 0 | Periodo fuera de jul/dic, o microempresa (factor 0) | Verificar mes y régimen del contrato |
| Bono al 9% cuando debía 6.75% | Check EPS sin marcar en el trabajador | Marcar EPS → recalcular |
| La 5ta de julio "subió mucho" | Es correcto: la gratificación es renta gravada y entra a la proyección | Ver sección 3.3 — no es error |
| Meses de licencia sin goce contados | La licencia sin goce interrumpe el cómputo | Ajustar por la entrada de override con el cálculo manual |
4.2 CTS (mayo y noviembre)
Norma: TUO D.S. 001-97-TR. Plazo de depósito: 15 de mayo (periodo nov-abr) / 15 de noviembre (periodo may-oct).
Fórmula: computable = sueldo + ASF + 1/6 de la gratificación percibida dentro del periodo (la bonificación extraordinaria NO computa: es no remunerativa) × (meses completos/12 + días/360) × factor del régimen (General: 1 sueldo/año = 30/30; Pequeña: 15/30; Micro: sin CTS).
Con ingreso el 20 de junio: meses completos jul-oct = 4, días de junio = 11 (20-30 en mes comercial) → 4/12 + 11/360.
- Prerequisito: la gratificación del semestre VALIDADA (si el sexto sale 0, esa es la causa).
- Boleta · estructura CTS · mayo o noviembre, mes completo → Calcular → Validar.
- Depositar a la cuenta CTS de cada trabajador con el TXT tipo CTS (sección 5.3) — nunca a la cuenta de haberes: el depósito CTS es intangible.
4.3 Vacaciones — el circuito completo
Norma: D.Leg. 713. Derecho: 30 días por año (15 en MYPE) cumpliendo el récord; la remuneración vacacional se paga ANTES del goce.
- Consultar el saldo: ficha del trabajador o app Vacaciones (el plan acumula 2.5 días/mes solo).
- Registrar el goce: Nueva solicitud de ausencia "Vacaciones PE" por el rango (ej. 1-30 de setiembre, o fracciones ≥7 días con al menos un tramo — el fraccionamiento fino lo permite la ley con acuerdos escritos).
- Aprobar (validación de RR.HH.). Las entradas de trabajo de esos días cambian a "Vacaciones PE".
- Boleta de Vacaciones: estructura Vacaciones, periodo = el rango del goce → paga computable (sueldo + ASF) × días/30, CON sus aportes de pensión y ESSALUD (la remuneración vacacional sí está afecta) → Validar y pagar antes del inicio del descanso.
- La mensual del mes del goce descuenta esos días automáticamente. Goce del mes completo → mensual ≈ 0 (correcto). Goce parcial (ej. 15 días) → mensual paga los otros 15.
| Error típico | Causa | Solución |
|---|---|---|
| La mensual pagó el mes completo además de la boleta de vacaciones | La ausencia no estaba APROBADA al calcular la mensual | Aprobar → recalcular la mensual |
| Renta 5ta ausente en la boleta de vacaciones | Diseño correcto: la retención del mes la concentra la mensual | No es error |
4.4 Liquidación por cese — checklist completo
Plazo de pago: 48 horas de producido el cese (criterio de fiscalización SUNAFIL).
- Contrato: fecha de fin + motivo de baja (catálogo T-Registro — renuncia, mutuo disenso, despido, vencimiento...).
- Mensual del mes de cese: se genera normal; el sistema paga solo los días hasta el cese (prorrateo automático) y con ella corren los aportes y la retención del mes.
- Boleta de Liquidación (estructura Liquidación, periodo el mes del cese):
| Concepto | Fórmula | Tratamiento |
|---|---|---|
| Vacaciones truncas | Computable × (meses/12 + días/360) desde el ÚLTIMO aniversario de ingreso, × factor del régimen | Inafectas a aportes; gravadas con 5ta |
| Gratificación trunca + bono | Computable × meses completos del semestre en curso/6 × factor + 9%/6.75% | Inafecta a aportes; gravada con 5ta |
| CTS trunca | Computable CTS × tiempo del periodo en curso | Inafecta a todo; se paga directo al trabajador (no al banco CTS) |
- Si el trabajador gozó vacaciones del periodo trunco, ajuste las vacaciones truncas con la entrada de override (récord real = devengado − gozado; el saldo exacto está en la app Vacaciones).
- Validar → Imprimir (mismo botón, formato de liquidación) → pagar dentro del plazo → el trabajador sale con "S" de fin de relación en el AFPnet del mes y su baja va al T-Registro.